El pasado sábado 2 de enero entraron en vigor las nuevas modificaciones de la normativa de tráfico en España, dictadas por la DGT. En ellas, una de las grandes novedades es referente a los patinetes eléctricos, una de las grandes sensaciones en entornos urbanos en los últimos años. Dirección General de Tráfico ha decidido poner una serie de cortapisas a su uso en aras de la seguridad, limitando así su uso con respecto a como se conocía hasta ahora.

En estos últimos años que han ganado una gran popularidad se podía ver patinetes eléctricos tanto en carreteras como en aceras, como los de siempre. Ahora bien, se trata de vehículos propulsados por un motor eléctrico, capaces de alcanzar velocidad de unos 40 kilómetros por hora según que modelos. En cierto sentido, su uso se ha visto en cierto limbo legal como ocurrió con las bicicletas tiempo atrás. Estos cambios ya han sido aprobados y se reflejan en el Boletín Oficial del Estado.

No más patinetes eléctricos por aceras

El mayor cambio que limitará a los patinetes eléctricos es su uso ya que no estará permitido que circulen en aceras ni zonas peatonales. Por tanto, un patinete eléctrico solo podrá ser utilizado en carreteras, quedando supeditado a las normas de circulación de ahora en adelante. También se establece su velocidad máxima a 25 kilómetros por hora, no pudiendo superarla en ningún caso.

Esta noticia es relevante en lo que respecta a seguridad vial por varios motivos, empezando por la presencia de un nuevo tipo de vehículo. Esto se debe tener en cuenta sobre todo por las diferentes compañías de seguros y corredurías. Sobre todo en entornos urbanos donde más se ven los patinetes eléctricos y donde más afluencia de coches se produce, más aún en horas punta. Por otro lado, está pendiente establecer que sea necesario o no que los patinetes eléctricos se consideren vehículo de movilidad personal y requieran de seguro obligatorio.

Los usuarios de patinetes eléctricos estarán sometidos a todas las normas de circulación. De hecho, hasta podrán ser parados por los agentes del orden para realizar pruebas de alcoholemia. “Abriremos una segunda fase de debate con los ayuntamientos en la que a partir de toda la experiencia acumulada, vamos a avanzar en una regulación mucho más detallada. Está previsto hablar de todo”, afirmó hace unos días Pere Navarro, director general de Tráfico.

Modificación de los límites de velocidad

A partir de 2021 también se modificarán los límites de velocidad en nuestras carreteras, tanto en vías interurbanas como en vías urbanas. Aunque queda estipulado ya en el BOE, se permitirá a los diferentes municipios que adopten las medidas de manera gradual hasta el mes de mayo, dándoles tiempo a cambiar las señales de tráfico pertinentes con la modificación de la normativa. Por tanto, habrá que prestar especial atención a los nuevos límites en este nuevo año para no llevarnos disgustos en forma de sanciones o multas. En un artículo anterior de MundoLuna aparecen detallados los cambios más importantes en la normativa de circulación en España.