No cabe duda de que la irrupción del coronavirus a nivel mundial ha cambiado la manera en la que se hacen las cosas. También lo hará, a partir de ahora, en cómo se acuerdan contratos de una manera u otra. Esto afecta de manera directa al sector de la fabricación de cristales, tanto en general como en el mundo del automóvil. He aquí cinco aspectos en los que habrá que ser diferentes a la hora de realizar contratos relacionados con la cristalería según el medio DEBlog.
Fuerza mayor
En la mayoría de los contratos actuales entre fabricantes de cristales y entes a las que suministran suele haber excepciones a las fechas límite. Una de ellas es la de causas por fuerza mayor. Ahora bien, ¿qué significa esto en el contexto de la crisis sanitaria? Puede tratarse de varios aspectos, tales como la detección o tan solo el riesgo de casos positivos en la fábrica. Bien puede ser también una intervención del gobierno que lleve al cierre temporal de fábricas, como fue en el caso del confinamiento. Por ello, es aconsejable que en estos casos se revisen los modelos de contrato.
Retrasos justificados
Por motivos similares a causas de fuerza mayor, también es conveniente redefinir lo que se considera en el contrato como retraso justificado. Si las medidas tomadas a raíz de la crisis sanitaria reducen la productividad de la empresa, ¿debería ser la misma responsable de ello? Las medidas tomadas pueden extender el tiempo de producción o los plazos de entrega.
Cambios en la ley o penalizaciones
La situación legal cambia según cada país ya que cada uno ha tomado medidas diferentes como efectos colaterales de la pandemia. De hecho, algunos países exigen que, a su entrada al país según el origen, se realice una cuarentena de 14 días. Pueden producirse una multitud de situaciones sin precedentes que afecten tanto a la fábrica como al envío de productos. Para ello, es preciso revisar estas posibilidades a la hora de preparar contratos.
Interrupciones en la cadena de suministros
En España estamos viendo una situación insólita en la cual cada zona está tomando medidas diferentes, con algunas localidades (o incluso diferenciándose por barrios) volviendo a Fase 2. Esto es imposible de prever para cualquiera de ambas partes a semanas o meses vista como se está observando en nuestro país. Esto afecta a la cadena de suministros pudiendo producir retrasos o teniendo que utilizar medidas más costosas para entregar los productos. En estas variaciones, ¿quién asume los posibles costes extra? Incluso ya se han llegado a ver en otras partes del mundo frases como “sobrecargo por covid” en facturas.
Indemnizaciones y garantías
El apartado de indemnizaciones también se ve afectado en esta tesitura, sobre todo a la hora de proteger a los propios empleados. También puede cambiar el tiempo dedicado a identificar problemas de garantías. Por ejemplo, en el ámbito de la construcción los edificios terminados pero que no se han ocupado debido a la pandemia han supuesto muchos problemas. Tanto es así que se han visto muchas querellas contra aseguradoras que no han pagado los costes relacionados con el covid-19. Los seguros para interrupción de negocios no son efectivos en estos casos – requieren una acción más física como un terremoto o un huracán, o bien que afecten a edificios en sí así como a los camiones de reparto.
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